Supongamos que esta primera votación ha servido para designar al presidente del gobierno. Pues bien, todos los ciudadanos de niveles 2 y 3 que dessen presentarse a la oposición de presidente del gobierno podrán hacerlo. Obtendrá el puesto el que tenga más votos de entre los aprobados. Ordenemos a los ciudadanos de niveles 3 y 2 por número de votos totales (si entre paréntesis no pone que sean de nivel 3, es que lo son del 2).
Ejemplo:
p998 recibe 351 votos en total. (nivel 3)
p999 recibe 151 votos en total. (nivel 3)
p1000 recibe 151 votos en total. (nivel 3)
p401 recibe 150 votos en total. (CVD 1)
p601 recibe 75 votos en total. (CVD 2)
p997 recibe 51 votos en total. (nivel 3)
p651 recibe 50 votos en total. (CVD 3)
p701 recibe 40 votos directos. (CVD 4)
p751 recibe 40 votos directos. (CVD 1)
p602 recibe 25 votos directos. (CVD 2)
p101 recibe 25 votos directos. (CVD 1)
p102 recibe 25 votos directos. (CVD 1)
p103 recibe 25 votos directos. (CVD 1)
p251 recibe 25 votos directos. (CVD 1)
p996 recibe 6 votos directos y totales. (nivel 3)
Desde el p806 hasta el p995, reciben 1 voto directo y en total cada uno. (nivel 3)
Bien, una vez formado el gobierno, presumiblemente, con mayoría simple, cualquier ciudadano de nivel 2 o nivel 3 (recordemos que cualquiera puede elegir ser ciudadano de nivel 2), podrá proponer el cese de un ministro o bien una moción de censura, para echar al gobierno. Para hacerla deberá proponer el programa electorar de una nueva alternativa política y, o bien presentarse él mismo a candidato a presidente del gobierno, o bien proponer a otro ciudadano de nivel 2 ó 3. Para que la moción de censura tenga éxito, le bastará con conseguir más votos que el presidente del gobierno cuando fue elegido. En caso de que éste último hubiera sido elegido por mayoría absoluta, no hará falta superarle el número de votos, con conseguir otra mayoría absoluta le bastará.
En caso de que de manera excepcional no prospere ninguna moción de censura a lo largo de una legislatura, se convocarán elecciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario